1. ¿Qué es una declaración de nulidad matrimonial?
La nulidad matrimonial es la declaración pública, dictada por los tribunales eclesiásticos tras un proceso judicial, mediante la cual se declara que un matrimonio concreto nunca llego a surgir por ausencia de algún requisito o elemento esencial necesario para su validez. La declaración de nulidad no anula un matrimonio valido, sino que reconoce que tal matrimonio nunca fue contraído válidamente. Es necesario, en consecuencia, distinguir claramente la nulidad matrimonial del divorcio. El divorcio disuelve el vínculo matrimonial mientras que la declaración de nulidad declara que nunca existió realmente tal vínculo.
2. ¿Cuáles son las casusas más comunes de nulidad matrimonial?
Entre las causas más comunes se encuentran: la ausencia de la madurez requerida, incapacidad para ser buenos esposos o esposas, padres o madres, presencia de trastornos psíquicos, no querer casarse para siempre, no querer tener hijos y casarse por fuertes presiones. Existen también algunas circunstancias sintomáticas que se toman en consideración: presencia de adicciones (alcoholismo, drogadicción, ludopatía, etc.), grave irresponsabilidad, alteraciones psicológicas graves, violencia y malos traros, embarazos en el noviazgo, abortos, conductas anticonceptivas, infidelidad, etc.
3 ¿Quién puede solicitar la nulidad de un matrimonio?
La nulidad matrimonial puede pedirse únicamente por uno o ambos contrayentes cuando tengan dudas razonables sobre la validez de su matrimonio. No es necesario que ambos estén de acuerdo. Primero deben dirigirse al párroco para recibir de él la debida asesoría y acompañamiento
4. ¿se necesita de un abogado para tramitar la causa?
No, no es necesario contratar con un abogado para adelantar su proceso de nulidad. El tribunal eclesiástico de Girardota brinda asesoría jurídica gratuita a lo largo del proceso
5. ¿Es necesario haber realizado la cesación de efectos civiles del matrimonio y la separación de bienes antes de presentar la solicitud de nulidad?
La praxis vigente en el tribunal eclesiástico de Girardota pide, en la mayoría de los casos, que se hayan realizado dichos tramites antes de la presentación de la solicitud de nulidad, de manera que los derechos de todas las personas involucradas en el proceso de nulidad estén previamente salvaguardados en el ámbito civil. El tribunal eclesiástico no es el espacio apropiado para dirimir materias ajenas al bien espiritual de las personas
6. ¿A qué tribunal se debe presentar la solicitud?
A partir de la reforma del papa francisco, la competencia de los tribunales es más amplia. Actualmente, la solicitud de nulidad puede ser dirigida
- Al tribunal de la diócesis donde se celebró el matrimonio.
- Al tribunal del lugar donde reside quién presenta la demanda o su expareja.
- Al tribunal donde sea posible recabar con mayor facilidad las pruebas.
7. ¿Qué se debe hacer para presentar la solicitud de nulidad?
1° paso: Consulte al párroco quien lo orientara y si ve motivos para la nulidad, entregará una carta de presentación dirigida al vicario judicial (Clic aquí para acceder a la carta).
2° paso: Una vez que haya hablado con su párroco y tenga la carta, solicite una cita en el tribunal eclesiástico para que allí se le ayude a redactar si solicitud de nulidad y le indique los documentos necesarios para iniciar el tramite
3° paso: Presente la solicitud de nulidad ante el Vicario Judicial de la Diócesis de Girardota para comenzar el proceso
8. ¿Cuáles son los documentos que deben acompañar la solicitud de nulidad?
- Partida original de matrimonio (máximo con tres meses de expedida).
- Registro civil de matrimonio con nota de divorcio y separación de bienes.
- Partida original de bautizo del varón contrayente con nota marginal de matrimonio (máximo con tres meses de expedida)
- Partida original de bautizo de la mujer contrayente con nota marginal de matrimonio (máximo con tres meses de expedida)
- Partidas originales de bautismo de los hijos o registros civiles de nacimiento.
- Otros documentos que podría ser útiles durante el proceso.
9. ¿Por qué se necesitan testigos?
Por lo general, el derecho canónico exige testigos que ayuden a los jueces a corroborar la información suministrada por las partes y a comprender mejor la situación de su relación matrimonial. También su expareja, si lo desea, podrá presentar testigos. Es conveniente informar con cierta anticipación a los testigos por ustedes seleccionados y asegurarse de su cooperación. Recuerde que deberán ser tres (4) personas que conozcan de manera directa y suficientemente los hechos por usted narrados en su solicitud, especialmente la etapa previa al matrimonio (noviazgo y decisión de casarse). Pueden ser familiares y amigos
10. ¿Qué otras pruebas se requieren?
En ocasiones, antes o durante el matrimonio, han sido consultados médicos, psiquiatras, psicólogos, sacerdotes, etc. Tratando de buscar ayuda o asistencia para una persona o pareja. Para el tribunal sería muy útil contar con el parecer de estas personas. En algunos procesos, para completar el material probatorio, se solicita la realización de una pericia psicológica o psiquiátrica
11. ¿Quién tiene acceso a la información del proceso?
Los documentos del proceso son estrictamente confidenciales. No pueden hacerse fotografías o divulgarse por ningún medio. Nadie tiene acceso a esta información excepto los miembros del tribunal especialmente designados para el estudio de su caso. Todos ellos están obligados, por juramento, a mantener el secreto profesional. Su expareja, si decide participar en el proceso, tiene también derecho a conocer las actas del proceso pero deberá comprometerse también a mantener la confidencialidad absoluta
12. ¿Cuánto dura el proceso de nulidad matrimonial?
El tribunal de Girardota está profundamente comprometido en tratar con rigor jurídico y celeridad sus procesos. La duración promedio es de 6 meses a un año aunque dicho tiempo puede variar -disminuir o aumentar- en razón de la complejidad de cada proceso. Por ello, no haga planes para contraer matrimonio nuevamente hasta que el proceso de nulidad no haya culminado completamente
13. ¿La nulidad es un proceso costoso?
El funcionamiento del tribunal eclesiástico cuesta a la diócesis de Girardota cerca de 60 millones de pesos cada año. No obstante, en Girardota el tribunal no establece costo por decreto sino que solicita a los fieles una contribución solidaria equivalente a un salario mínimo. Tal como quiere el papa francisco, nuestra voluntad es que, por ningún motivo, el dinero pueda ser un obstáculo que impida realizar el trámite de nulidad. Nadie se queda sin atención por ausencia o escasez de recursos económicos.
14. ¿Qué pasa con los hijos que se tuvieron durante el matrimonio?
Los hijos de un matrimonio declarado nulo no son “anulados”. Sus derechos y obligaciones permanecen inalterados. Sobre ellos se mantiene integra la obligación grave de los padres de cuidarlo y educarlos integralmente.
Resumen:
- El primer paso que debe dar una persona que quiere iniciar el proceso de nulidad matrimonial es: pedir cita con su párroco para que el la acompañe y oriente en la conveniencia y oportunidad de iniciar dicho tramite.
- Comunicarse con el Tribunal Eclesiástico de Girardota al 2898197 para solicitar la cita de asesoría y presentar la carta e presentación del párroco, afín de comenzar con la adecuada demanda de Nulidad Matrimonial.
- El proceso dura en promedio seis meses a un año, dependiendo de la complejidad de la causa y siempre y cuando la parte actora muestre suprema diligencia en todos los requerimientos que le hace el tribunal, el proceso puede ser archivado por el descuido y falta de presencia de la parte actora. No fijar fecha para un nuevo matrimonio sin la ejecución de sentencia
- Los costos son subsidiarios y vienen acordados directamente con el Vicario Judicial. Se tiene en cuenta la situación económica de la parte actora; la complejidad de la causa, la salvaguarda de la caridad, la justicia y equidad.
- Se recomienda a los párrocos en consonancia con la pastoral familiar, acompañar a las personas que realizaron el proceso de nulidad matrimonial para que se incorporen nuevamente a la vida de la Iglesia y puedan seguir creciendo en su fe desde la acogida directa de la parroquia.